Situación de la negociación del XIX Convenio Sectorial T.I.C.

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El día 1 de abril de 2024 los sindicatos mayoritarios del sector procedieron a denunciar el XVIII Convenio Colectivo de Consultoría, Tecnologías de la Información, Estudios de Mercado y de la Opinión Pública, tal y como se indica en su Artículo 5, quedando el día 23 del mismo mes constituida la mesa de negociación del XIX Convenio de del sector.

Según la información proporcionada la mesa de negociación queda repartida de la siguiente manera:

Composición de la Representación Sindical en la Mesa (15): CCOO (7), UGT (5), CIG (1), ELA (1) y LAB (1).

Se han realizado dos reuniones de la mesa de negociación con las patronales AEC y ANIMES. La primera el 30 de mayo y la segunda el 24 de junio.

Primera reunión:

Se propuso realizar la negociación en dos fases: (UGT y CCOO)

  • La primera fase centrada en los salarios:
    • Revisión de las tablas salariales con un incremento acumulado de 2 dígitos para recuperar el poder adquisitivo perdido.
    • Eliminación del artículo 7, “Compensación y Absorción”, que permite la congelación salarial ya que impide que los salarios por encima de convenio aumenten.
    • Cláusula de revisión salarial vinculada al IPC para mantener el poder adquisitivo.
    • Eliminación del último nivel de cada área profesional por haber quedado por debajo o a ras del SMI.
    • Vigencia por 3 años del convenio.
  • La segunda fase trataría de:
    • Guardias, turnos y disponibilidades.
    • Nocturnidad, trabajo en fines de semana y festivos e intervenciones.
    • Actualización de los importes de:
      • Teletrabajo.
      • Kilometraje
    • Dietas: actualización de los importes y regulación.
    • Definición de los diferentes grupos y niveles de todas las áreas del Convenio.
    • Adecuación del Texto a la legislación actual en todos los ámbitos:
      • Igualdad, conciliación…
      • Salud laboral…

Segunda reunión: (CCOO y UGT)

La representación sindical participante ha transmitido que las patronales han manifestado que los incrementos propuestos están muy alejados de su aceptación y que les gustaría incluir en convenio el poder suprimir la jornada intensiva de verano en los casos que sea por “necesidades de proyecto”.

Se ha planificado una tercera reunión para el 17 de septiembre del presente año.

Desde Red Sindical TIC hemos esperado un tiempo adecuado para poder analizar las propuestas presentadas para este proceso. Pero nuestra sorpresa ha sido cuando al ver las comunicaciones de los sindicatos con mayor representación en la mesa de negociación hemos podido observar qué:

  • El sindicato con mayor representación no tiene una plataforma preparada para la negociación.
  • El segundo sindicato mayoritario dice que la tiene, pero no la ha hecho pública a las personas trabajadoras del sector.

Los sindicatos de ámbito autonómico, que también participan, mantienen la misma postura que en todas las negociaciones anteriores (Se ha de mejorar las condiciones laborales de las personas trabajadoras del sector pero la negociación de los convenios ha de realizarse dentro del ámbito autonómico (CIG)).

Por lo que tenemos que deducir lo mismo de siempre… Nos presentan unas propuestas que se sustentan sobre lo que ellos piensan que va a beneficiar a todas las personas que trabajan bajo el amparo del convenio colectivo de consultoría.

Pueden decirnos que la opinión expuesta a continuación es una mera conjetura, pero vamos a intentar argumentar nuestra postura.

En el anterior convenio nos anunciaron:

 Una subida salarial con efectivo retroactivo desde el 1 de julio 2022.

La cual no fue homogénea entre el salario base y el plus convenio, sino que se hizo un reparto de la subida entre el salario base y el plus convenio. Esto supuso:

1- Una pérdida de poder adquisitivo para todas las personas que tenían antigüedad dentro de la empresa en la que trabajan, ya que al no subir proporcionalmente el salario base, la antigüedad no subió la cantidad que realmente debería ser.

Os dejamos el link del artículo de análisis que realizamos en su día donde están reflejados los porcentajes de cada una de las categorías (aquí).

2- Subidas que fueron insuficientes porque no reflejaban ni han reflejado el incremento del coste de la vida durante todos estos años.

3- Incrementos que tampoco llegaron a ver la gran mayoría de personas que trabajan en el sector gracias a los complementos personales que tenemos para compensar los salarios tan bajos que definen las tablas salariales.

Disposición adicional cuarta. Garantía Actualización Salario Mínimo Interprofesional.

 La anunciaron como la solución a que los salarios nunca quedarían por debajo del SMI. Pero… Hay que recordar que nada más firmar el convenio sectorial. 17 categorías profesionales quedaron por debajo del SMI y que en 2024 otras 15 categorías han quedado por debajo del Salario Mínimo Interprofesional después de la aplicación de la subida acordada. ¿Cuántas quedarán en 2025?

En definitiva, que los salarios se han incrementado gracias al acuerdo firmado del aumento del SMI anual y no a la firma del convenio.

Por eso creemos que se debe solucionar un problema más profundo… las tablas salariales. Hay que actualizarlas a un salario que refleje el valor de las personas que trabajan en este sector.

Ahora los sindicatos más representativos nos anuncian que solicitan:

 CCOO:

  1. Tablas salariales. Incremento mínimo de un porcentaje acumulado de 2 dígitos.
  2. Eliminación del Artículo 7 del Convenio “Compensación y Absorción de condiciones económicas”.
  3. Inclusión de una cláusula de revisión salarial vinculada al IPC.
  4. Eliminación del último nivel de cada área profesional.
  5. Vigencia del Convenio de 3 años.
  6. Guardias, turnos y disponibilidades.
  7. Nocturnidad, trabajo en fines de semana y festivos e intervenciones.
  8. Actualización de los importes de:
    1. Teletrabajo.
    2. Kilometraje.
  9. Dietas: actualización de los importes y regulación.
  10. Definición de los diferentes grupos y niveles de todas las áreas del Convenio.
  1. Adecuación del Texto a la legislación actual en todos los ámbitos:
    1. Igualdad, conciliación…
    2. Salud laboral

 UGT:

Subida salarial

  • Incremento salarial en tablas de un 5% desde el 1 de enero de cada año.
  • Cláusula de revisión de más de 1% si se supera el IPC cada año.
  • No compensación ni absorción de las subidas anuales de tablas, es decir, subidas efectivas.
  • Actualización de los importes de las dietas, el kilometraje y los pluses que tengan importes fijos con el IPC real (o más de 1%).

Beneficios sociales y otros

  • Dietas y desplazamientos
  • Permisos, conciliación e igualdad.
  • Teletrabajo a 1,5€/día.
  • Desconexión digital.
  • Complemento IT hasta el 100%.
  • Seguro de accidentes.
  • Anticipo de la mensualidad.
  • Jubilación.
  • Pausas PVD.
  • Reconocimientos médicos específicos (visuales profundas, túnel carpiano, audiometrías, electrocardiogramas, etc.).

Reducción de jornada

  • Reducción progresiva de la jornada máxima en cómputo anual, hasta las 1660 horas
    • 2025: 38,5h/semanales – 1730h.
    • 2026: 37,5h/semanales – 1660h.
  • Ampliación de la jornada de verano en dos meses e intensiva todos los viernes del año.
  • El 24 y el 31 de diciembre como festivo, salvo guardias.
  • Regulación de turnos, festivos, nocturnidad, guardias e intervenciones.

Ámbito Temporal

  • 4 años, hasta el 31 de diciembre de 2028

Clasificación profesional

  • Promoción mediante la definición de carreras profesionales por tiempo de permanencia.
  • Pase del nivel E2 al E1 en 3 años.
  • Pase del nivel E1 al D3 en 3 años.
  • Modificación del artículo 15 para concretar mejor las funciones de los grupos y niveles.

Contratación y estabilidad en el empleo

  • Subrogación del 100% de la plantilla por parte de la nueva empresa que resulte adjudicataria en la prestación de un servicio a un cliente en el cambio de proveedor de servicios.

 

Nuestra opinión es:

Os queremos recordar que algunos de los puntos a tratar llevan más de trece años incluyéndose en las plataformas y que hasta el día de hoy no se han modificado ni regulado un ápice.

Bueno sí…

Los permisos retribuidos sí porque han sido modificados y actualizados en el Estatuto de los trabajadores. 

  1. Repercusión económica sobre los trabajadores del sector TIC.

Es conocido que después de la última firma del XVIII Convenio de Consultoría han ido conformándose en las diferentes empresas del sector plataformas multisindicales donde se reclama la recuperación del poder adquisitivo de las plantillas y la no absorción de las subidas económicas por los complementos personales. En las cuales, a veces si o a veces no, se han unido los sindicatos mayoritarios. Por lo que entendemos que se han visto obligados a presentar esas mismas reclamaciones en su respectivas “plataformas”. Claro… Cuando es algo que han estado firmando desde hace tiempo en otros convenios sectoriales, pero nunca en el del sector TIC…

Qué casualidad ¿no?

Algo que debería haberse firmado hace años… ¿ahora sí se acuerdan?…

  1. Teletrabajo.

Cuando se publicó La Ley de Trabajo a Distancia quedó establecida una compensación económica que la empresa debía abonar a la persona trabajadora por el uso de sus recursos personales para el trabajo. Esta medida beneficia a ambas partes.

Es curioso que la cantidad que se firmó en el XVIII Convenio del sector era la mínima establecida, pero que… era inferior a la media de las cantidades firmadas en otros convenios sectoriales.

Ahora…un año después proponen una revisión de esa cantidad.

¿Volverán a firmar una cantidad inferior a la media estipulada en todo el país o, por primera vez, tendremos una compensación que supere la media nacional o que, al menos, se equipare a la subida del coste de la luz y ofertas de las operadoras?

  1. Jornada Laboral.

Esperamos que en un sector donde el horario que se realiza por gran parte de las personas está supeditado a los clientes donde están destinados no incluya la cláusula de “dependiendo del horario del cliente” ya que entonces todo lo firmado no se verá reflejado en la realidad de la persona trabajadora como sucede con las subidas salariales y los complementos personales.

Respecto a la regulación de los turnos, festivos, nocturnidad, guardias e intervenciones. Esperemos que en este convenio lleguen a un acuerdo porque, por suerte, las Directivas Europeas han hecho que nos vayamos actualizando poco a poco en este tipo de servicios. Llevamos “n” años sin una regulación básica. Como no conocemos la propuesta que han llevado a la mesa de negociación no podemos realizar un análisis de si parece razonable o es un “brindis al sol”.

Resumen

Los Convenios Sectoriales deben establecer beneficios laborales y sociales que mejoren los acordados en el Estatuto de los Trabajadores ya que éste marca las normas mínimas que debe haber en las relaciones laborales entre empresa y plantilla. Pero parece que en este sector les gusta firmar las mismas condiciones que se regulan en el ET.

Como veréis nuestra opinión no es muy optimista sobre la negociación del XIX Convenio Colectivo de Consultoría, Tecnologías de la Información, Estudios de Mercado y de la Opinión Pública. Esperamos equivocarnos por el bien de tod@s. Pero…

Los antecedentes marcan nuestro pesimismo…

Red Sindical TIC sigue creciendo en representación dentro del sector con la intención de participar en la negociación del Convenio, pero seguimos necesitando más apoyo para conseguirlo. Os animamos a que optéis por una opción diferente a la de siempre